El Cuaderno Digital de Explotación Agrícola no es todavía obligatorio de forma general para todas las explotaciones. Sin embargo, los agricultores deben seguir manteniendo los registros exigidos y prepararse para las obligaciones electrónicas que afectarán a determinadas actividades.
La obligatoriedad del cuaderno digital continúa generando dudas entre agricultores, técnicos y cooperativas.
Durante los últimos años se han anunciado distintos calendarios, aplazamientos y modificaciones normativas. Esto ha provocado que todavía circulen informaciones que presentan el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola como obligatorio para todos los agricultores en 2026.
La normativa vigente ofrece una respuesta más matizada: el agricultor debe llevar un cuaderno cuando así lo establezca la normativa sectorial, pero puede hacerlo en papel mientras no exista una obligación específica de registro electrónico.
¿Es obligatorio el cuaderno de campo?
La respuesta depende de qué se entienda por cuaderno de campo.
Cuando una explotación realiza actividades sometidas a obligaciones de registro —como tratamientos fitosanitarios, determinadas prácticas de fertilización o intervenciones relacionadas con la PAC—, el titular debe conservar la información requerida.
Por tanto, puede existir la obligación de llevar registros aunque el formato digital completo sea voluntario.
El artículo 9 del Real Decreto 1054/2022, tras su modificación, determina que los titulares deberán contar con un cuaderno cuando lo establezca la normativa sectorial, especialmente en materia de:
- Nutrición sostenible de los suelos.
- Productos fitosanitarios.
- Intervenciones de la Política Agrícola Común.
La misma norma permite optar por la gestión electrónica del cuaderno y señala que, en los supuestos restantes, puede llevarse en papel.
¿Es obligatorio utilizar el CUE en 2026?
Con carácter general, no.
El Real Decreto 34/2025 estableció expresamente que la cumplimentación electrónica del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola es voluntaria mientras no exista una disposición sectorial que obligue a registrar electrónicamente una actividad concreta.
Esto significa que en 2026 pueden coexistir diferentes situaciones:
- Agricultores que llevan todos sus registros en papel.
- Agricultores que utilizan un cuaderno comercial digital.
- Explotaciones que trabajan con la aplicación de su comunidad autónoma.
- Técnicos que gestionan varias explotaciones mediante un software privado.
- Actividades concretas sometidas a requisitos electrónicos propios.
No existe, por tanto, una única respuesta válida para todos los agricultores ni para todos los registros.
Cuaderno obligatorio no significa cuaderno digital obligatorio
Esta diferencia es fundamental.
Una explotación puede estar obligada a conservar registros de tratamientos, abonados, cosechas o determinadas prácticas agrícolas, pero eso no significa que todos ellos tengan que introducirse inmediatamente en el CUE autonómico.
La legislación diferencia entre:
- La obligación material: registrar una actividad.
- El soporte: papel o electrónico.
- La plataforma: herramienta autonómica o aplicación comercial.
- El intercambio administrativo: comunicación de la información cuando proceda.
Confundir estos cuatro elementos puede llevar a que un agricultor piense que no necesita registrar nada porque el CUE es voluntario, o al extremo contrario, que crea que debe cumplimentar todo digitalmente.
Ambas interpretaciones son incorrectas.
¿Cuándo será obligatorio el CUE completo?
La regulación española señala que el Cuaderno Digital de Explotación será obligatorio durante el siguiente periodo de programación de la PAC para las explotaciones que cumplan alguna de estas condiciones:
- Más de 30 hectáreas, sumando tierras de cultivo y cultivos permanentes, sin contar los pastos temporales.
- Más de 5 hectáreas de regadío.
- Invernaderos con una superficie total bajo cubierta superior a 0,1 hectáreas.
Para el resto de las explotaciones, las administraciones deberán mantener disponibles los sistemas informáticos para su utilización voluntaria.
La norma vincula esta obligación al siguiente periodo de programación de la PAC, por lo que resulta importante seguir las futuras disposiciones que concreten su calendario y aplicación.
¿Qué ocurrirá con los tratamientos fitosanitarios?
Los tratamientos fitosanitarios deben analizarse de manera independiente porque cuentan con normativa sectorial propia.
La regulación europea ha fijado el formato electrónico para los registros profesionales de uso de productos fitosanitarios y permite que los Estados miembros no exijan la conversión electrónica de los tratamientos efectuados antes del 1 de enero de 2027.
Por eso, aunque el CUE completo continúe siendo voluntario con carácter general, la gestión electrónica de determinados registros ganará importancia desde 2027.
Los agricultores que utilicen productos fitosanitarios deberían revisar durante 2026:
- Cómo anotan los tratamientos.
- Qué datos conservan.
- Si identifican correctamente las parcelas.
- Si registran dosis y superficies.
- Si pueden exportar o transmitir la información.
- Si su herramienta genera un formato estructurado.
¿Puedo utilizar una aplicación privada?
Sí. El sistema SIEX contempla la participación de cuadernos comerciales.
El FEGA dispone de una interfaz común destinada a facilitar el intercambio de información entre las herramientas privadas, los registros autonómicos y los cuadernos digitales de las comunidades autónomas. La documentación técnica contempla expresamente la autorización para que una herramienta digital acceda a información del REA o gestione el CUE del titular.
Según las preguntas frecuentes del FEGA, la información procedente de los cuadernos comerciales debe ser interoperable con los cuadernos autonómicos, con independencia de la comunidad autónoma en la que se encuentre la explotación.
La existencia de aplicaciones privadas permite que el agricultor elija una herramienta adaptada a su forma de trabajar, siempre que esta pueda cumplir los requisitos técnicos y administrativos necesarios.
Ventajas de digitalizar el cuaderno aunque sea voluntario
La voluntariedad no significa que el formato digital carezca de utilidad.
Un cuaderno digital puede ayudar a:
- Registrar trabajos desde el móvil.
- Consultar parcelas y cultivos.
- Mantener un historial por campaña.
- Localizar rápidamente un tratamiento.
- Compartir los datos con el técnico.
- Reducir errores de transcripción.
- Generar informes.
- Preparar inspecciones.
- Controlar costes.
- Evitar la pérdida de papeles.
En una explotación con varias parcelas o numerosos tratamientos, estas ventajas pueden compensar el cambio de hábito necesario para abandonar la libreta.
Qué debería hacer un agricultor en 2026
El primer paso no consiste en contratar cualquier aplicación, sino en comprobar qué registros le corresponden.
Una revisión práctica debería incluir:
- Identificar las actividades de la explotación que deben registrarse.
- Comprobar si alguna de ellas exige ya formato electrónico.
- Revisar las obligaciones de la comunidad autónoma.
- Ordenar los datos de parcelas, cultivos y campañas.
- Verificar que los tratamientos fitosanitarios están completos.
- Elegir una herramienta que permita exportar y consultar la información.
- Conservar justificantes y documentos asociados.
- Prepararse para los cambios de 2027.
El FEGA mantiene un directorio con los principales accesos y contactos de cada comunidad autónoma para el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas y el CUE.
Digitalizarse antes de que sea obligatorio
Utilizar un cuaderno digital de forma voluntaria permite aprender sin la presión de un plazo inmediato.
El agricultor puede empezar con una sola campaña, introducir sus parcelas, registrar los tratamientos y comprobar qué información necesita mejorar.
El cuaderno de campo de OKCampo permite organizar la explotación y mantener en un mismo espacio las parcelas, los cultivos, las labores y los tratamientos. De esta forma, la digitalización puede convertirse en una herramienta de gestión y no únicamente en un trámite administrativo.



